EPAS informa que rige la restricción estival de usos del agua potable


De 8 a 22 hs está prohibido regar jardines, llenar piletas, regar calles no pavimentadas y realizar cualquier otro uso abusivo del agua potable. Los infractores serán pasibles de la aplicación de una multa de $ 160, la primera vez. Los reincidentes duplicarán automáticamente el monto de la multa anterior.

Por otra parte se recuerda que el riego de calles pavimentadas y el lavado de autos y veredas mediante mangueras y/o hidrolavadora están prohibidos las 24 hs. del día durante todo el año. Estas infracciones son pasibles de una multa de $ 160.-. Asimismo el uso de agua potable extraída mediante conexiones clandestinas será multado con $ 2.000.

Todos los operadores de servicios sanitarios están facultados a aplicar multas por derroche.

La finalidad de este sistema, instrumentado por EPAS en el 2003, es que a través de las sanciones la población incorpore conductas responsables en el uso del agua destinada a consumo humano.

Si necesita más información consulte:

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