Exigencias de Defensa del Consumidor: Libro de quejas y Libro de ingresos-egresos de mercaderías
La Dirección de Defensa del Consumidor recuerda a proveedores de bienes y servicios acerca de la obligatoriedad de contar con el Libro de quejas y el Libro de ingresos-egresos de mercaderías, según rubro del comercio.
La Dirección de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia de Mendoza, recuerda a proveedores de bienes y servicios sobre la obligatoriedad de contar con el Libro de quejas y el Libro de ingresos-egresos de mercaderías, según rubro del comercio.
Estos son registros obligatorios para quienes tengan vínculo directo con los consumidores y usuarios finales. Su incumplimiento conlleva sanciones previstas por leyes y resoluciones del propio organismo, vigentes a la fecha.
Libro de quejas
Se trata de un instrumento que tiende a mejorar las relaciones entre consumidores y proveedores de bienes o servicios (comercios o empresas), en la medida en que crea un ámbito de resolución rápida de conflictos entre las partes.
Debe estar disponible en todo momento para que quien requiera asentar su queja cuente con un registro donde hacerlo, el cual no deberá ser modificado en modo alguno y servirá de prueba en caso de iniciar una denuncia formal.
En este libro, el consumidor puede asentar una situación en la que se ha considerado víctima de maltrato, por ejemplo, en los términos del “trato digno” establecido en artículo 8 bis de la Ley nacional 24240 de Defensa del Consumidor. También podrá dejarse constancia de que el tiempo de espera que tuvo que aguardar el consumidor para ser atendido fue superior a los 30 minutos, entre otras cosas.
La norma que sustenta este procedimiento es la Resolución 13/2014 de la Dirección de Defensa del Consumidor, la cual es complementaria de la Ley provincial de Defensa del Consumidor 5547.
Libro de ingresos-egresos de mercaderías
A través de la Resolución 56/2016 de la Dirección de Defensa del Consumidor, complementaria con la Ley provincial 7558, se exige al proveedor de determinado tipo de elementos la disponibilidad de un registro foliado y rubricado, donde comprador como vendedor deben asentar sus datos personales, como también detalles de la operación: tipo de mercadería y peso, entre otros.
Esta herramienta posibilita un mayor control sobre la comercialización de productos que se realiza en chacaritas, fundiciones y desarmaderos, como también brinda al consumidor de mayor seguridad en las transacciones que realice en este tipo de comercios.
La existencia de esos libros obligatorios es corroborada periódicamente por inspectores de la Dirección provincial de Defensa del Consumidor. Asimismo, el consumidor puede colaborar en la tarea, comunicándose al 148 (opción 3) para dar cuenta de la ausencia del registro.
Asesoramiento personalizado y gratuito
Para recibir asesoramiento personalizado y gratuito, el proveedor de bienes y servicios podrá comunicarse al 148 (opción 3) y solicitar turno para luego ser atendido en calle Pedro Molina 161 de la Ciudad de Mendoza.
La información general sobre requisitos se encuentra también disponible en sitio oficial www.mendoza.gov.ar/consumidores.