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Irrigación presentó su nuevo Plan de regularización de deudas


El Departamento General de Irrigación lanzó un plan especial para aquellos usuarios que posean deudas en las cuotas del canon anual. Este régimen especial de regularización y facilidades de pago de los tributos por uso especial de agua superficial y/o subterránea fue dictada por la Resolución Nº 210/12 de Superintendencia y abarca deudas cuyo vencimiento hubiere operado hasta el 31 de diciembre de 2011.

Con el objetivo de que todos los usuarios del Departamento General de Irrigación conozcan sobre este beneficio, personal del DGI capacitó previamente a personal de las subdelegaciones y a inspectores de Cauce, quienes dispondrán de material explicativo sobre el régimen.

En el caso de los inspectores de Cauce, fue el propio superintendente General de Irrigación, José Luis Álvarez, el encargado de explicarles el plan durante una recorrida que realizó, la semana pasada, por todas las cuencas hídricas de la Provincia. Durante dichos encuentros el funcionario expuso los alcances del plan y aclaró las eventuales dudas que surgieron entre los presentes.

Aquellas personas que quieran acceder al plan de pagos y que realicen el pago de contado podrán obtener una bonificación de hasta el 100% de los intereses devengados si cancelan de contado la respectiva deuda.

En caso de que la deuda no sea cancelada de contado, también podrán obtener beneficios en los intereses devengados, dependiendo del plan de pagos al que adhieran.

Agua Superficial

Con respecto a los usuarios de Agua Superficial que adeuden hasta seis cuotas del canon anual (anteriores al 31 de diciembre de 2011) podrán obtener un plan de pago de hasta 12 cuotas mensuales o seis bimestrales, sin intereses de financiación y con una bonificación equivalente al 80% de los intereses devengados.

En tanto, si la deuda supera a las seis cuotas del canon anual, podrán acceder a una bonificación del 60% de los intereses devengados, con la posibilidad de financiar el monto en 24 cuotas mensuales o 12 bimestrales.

Agua Subterránea

Los usuarios de aguas subterráneas podrán acceder a un plan de hasta 24 cuotas mensuales o 12 bimestrales, sin intereses de financiación y con una bonificación equivalente al 60% de los intereses devengados.

Tanto para los usuarios de agua superficial o subterránea, podrán acceder a estos beneficio si cancelan de contado las cuotas pendientes del ejercicio vigente, con excepción de los casos cuyas propiedades con superficie irrigada de hasta 20 hectáreas que hayan sido incluidas en los beneficios de “Emergencia o desastre agropecuario” durante dos periodos, alternados o consecutivos, en los últimos cinco años. A estos últimos, sólo se les exigirá el pago de contado de la primera cuota del ejercicio vigente.

Tierras abandonadas, incultas o fuera del circuito productivo

Con respecto a las tierras abandonadas, incultas o fuera del circuito productivo,  de hasta 10 hectáreas, se otorgará un plan de pago por el total de la deuda de hasta 10 cuotas anuales. En este caso, la tasa de financiación será del 12% anual sobre saldo.

Es de destacar que el otorgamiento del plan de pago importará el levantamiento de la sanción de “corta del suministro”, mientras se mantenga al día en el pago de las cuotas. Caso contrario, se producirá la caducidad del plan, de las bonificaciones otorgadas, la restricción inmediata del servicio y el inicio o la prosecución de la acción de apremio, según corresponda.

Para más información, los interesados podrán realizar las consultas pertinentes en el teléfono 08002222482 o en www.irrigacion.gov.ar.

Foto de Archivo: El Superintendente en Valle de Uco.