Iscamen informa sobre agroquímicos permitidos para el tratamiento del arbolado público


En el marco de la Ley provincial de Agroquímicos, Iscamen estableció la Resolución Nº 66-I-2014, que determina los lineamientos para la realización de tratamientos destinados al control de plagas y enfermedades del arbolado público urbano.

La norma establece que en calles, plazas y parques  de la provincia de Mendoza, sólo se podrán utilizar productos cuyos ingredientes activos estén registrados en SENASA para Línea Jardín, es decir productos poco peligrosos  y aquellos que normalmente no ofrecen ningún peligro.

Asimismo se prohíbe el uso de organofosforados y carbamatos, exceptuando las formulaciones en polvo o granuladas utilizadas como hormiguicidas.

Los aplicadores deberán comunicar con veinticuatro horas de anticipación, a los vecinos del lugar de aplicación, el tratamiento a realizar, indicando producto y dosis a utilizar.

Las personas físicas y/o jurídicas, públicas y/o privadas que se dediquen a realizar los tratamientos deberán estar inscriptas en el Registro Provincial de Empresas de Agroquímicos de Iscamen.

De esta forma se busca preservar la sanidad del patrimonio forestal público de Mendoza, minimizando  los riesgos para la comunidad en general.