Estado de las rutas y del tiempo en Mendoza

Juegos y Casinos sólo autoriza carreras de caballos en el Hipódromo de Mendoza


El Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC) no tiene competencia para autorizar la realización de ningún tipo de apuestas sobre carreras de animales, a excepción de las realizadas en el Hipódromo de Mendoza.

Esto lo establece su ley de creación (6362), que en el artículo 20 determina que el IPJyC tiene por objeto la administración, explotación y control de la Lotería de Mendoza y de la totalidad de los juegos oficiales vigentes en la provincia.

Por otro lado, en su artículo 36, prevé que las carreras de animales de la raza equina sólo podrán realizarse con especial autorización del IPJyC, y prohíbe en todo el territorio de la provincia efectuar u organizar apuestas con dinero sobre carreras de animales.

Infracción al Código de Faltas 

La Ley 1873 autoriza exclusivamente reuniones hípicas en el Hipódromo de Mendoza. Fuera de él no se permite la realización de ningún tipo de carreras de animales de cualquier especie con apuestas. En caso de realizarse, caen dentro de la prohibición del Código de Faltas.

Es decir que toda aquella realización de apuestas u organización de carreras realizadas en lugares no autorizados por ley infringe no sólo el Código de Faltas sino además la Ley nacional 14346 de protección a los animales.

El IPJyC desmiente, por lo tanto, que se haya otorgado permiso alguno para realizar una carrera de galgos en cualquier espacio del territorio provincial, ya que es incompetente para autorizar cualquier tipo de carrera fuera del ámbito del Hipódromo.