“La idea siempre es recuperar a las entidades”


¿Qué instituciones regula la Dirección de Personas Jurídicas?

Hay diferentes tipos de entidades que se conforman en la Dirección de Personas Jurídicas, por un lado están las asociaciones civiles, por ejemplo: los clubes, las uniones vecinales, cooperadoras, centros de jubilados, entre otras. Además, tenemos fundaciones, tantos estas como las asociaciones civiles son entidades que poseen un objeto ajeno al fin de lucro. También se conforman en la Dirección las sociedades comerciales en todos los tipos previstos por la Ley 19.550, por ejemplo las Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, etc.

¿Qué es necesario para constituir o crear una entidad?

Para constituir o crear una entidad, lo primero que se debe hacer es elaborar un acta constitutiva, en la cual se manifiesta la voluntad de conformar la asociación, se aprueba un estatuto, una denominación, cual va a ser la cuota extraordinaria para generar el patrimonio inicial, y también se fija la cuota social de los adherentes para mantener luego la institución. Este estatuto es la norma fundamental de vida de la entidad, que además debe contar con la cantidad necesaria de miembros para conformar una comisión directiva, la cual luego será la encargada de dirigir los destinos de la entidad, convocar a asambleas, etc.

¿Cuándo se aprueba una asociación?

Desde la Dirección de Personas Jurídicas, se realiza una evaluación de la pertinencia del objeto, de acuerdo a la naturaleza civil de la entidad. Existen diferentes objetos en cuanto a la conveniencia de normas estatutarias para la posibilidad de funcionamiento. Por ejemplo se verifica que una asociación no presente un nombre igual o similar a otra. Que no existan falencias en el estatuto, o que no carezca de los órganos esenciales en el estatuto.

¿Cuándo se le da de baja a una entidad?

La Ley 5069 orgánica de la Dirección establece las causas de baja o quita de personería. Una de las causas puede ser la disolución voluntaria de los miembros de la entidad, y la desde la Dirección de Personas Jurídicas se dispone la baja. En esta gestión, el criterio de la Dirección es siempre recuperar las entidades, es decir realizar todas las acciones administrativas y jurídicas necesarias para regularizar la situación de las instituciones. Se las recupera asistiéndolas institucionalmente y contablemente para que puedan continuar con su vida normal en mano de sus asociados”.-

¿Cómo se controlan las entidades para su normal funcionamiento?

En la Dirección contamos con un área de auditoría que controla por ejemplo los balances, la periódica renovación de los mandatos, etc. Además los socios pueden realizar denuncias por irregularidades en Personería Jurídica, ubicada en la calle José Vicente Zapata 363 de Ciudad.-

¿Cuántas instituciones hay inscriptas actualmente?

Se encuentran inscriptas en la Dirección de Personería Jurídica 8.000 Asociaciones Civiles y 70.000 Asociaciones Comerciales, aproximadamente. En la gestión actual se han recuperado entre 280 y 300 instituciones.” Debemos recordar que desde la Dirección se trabaja conjuntamente con el Ministerio de Desarrollo, Municipios, PAMI, la Dirección de Ancianidad, Secretaría de Cultura, y diversos organismos para fortalecer la situación de las entidades.