Distribuidoras eléctricas tendrán 6 meses para adecuarse al nuevo sistema de Generación Distribuida


Los “usuarios/generadores” de Mendoza ya podrán volcar la energía limpia que produzcan a la red de media y baja tensión. Estos aportes serán medidos y figuraran en la factura eléctrica. Como todo proceso de cambio, algunas distribuidoras eléctricas que operan en la Provincia aún están adaptándose a esta nueva modalidad, por lo que tiene un plazo de 6 meses para su adecuación definitiva de acuerdo a la nueva normativa.

“Este es un hecho histórico, marca a Mendoza como la tercera Provincia del país, junto a Santa Fe y Salta, en reglamentar una normativa que le permita a la ciudadanía volcar energía limpia generada por medio de fuentes de energía renovable a la red de media y baja tensión y reconocerle lo aportado dentro de la tarifa eléctrica”, indico el Ministro de Energía Marcos Zandomeni.

“El esfuerzo que venimos haciendo junto al EPRE y demás actores que intervienen en el negocio eléctrico, ya están dando sus frutos en Mendoza y estamos muy contentos y orgullosos por este importante paso que se ha dado para el desarrollo del sistema energético provincial y el desarrollo de las fuentes de energía sustentables. Es un paso fundamental en la democratización y acceso a la energía. Este proceso se complementará a futuro con programas como PERMER , también el Uso de la Energía para las Empresas o las nuevas bibliotecas públicas que están equipadas con paneles solares ”, agregó el funcionario.

Por su parte el presidente del EPRE, Elian Japaz, señaló que: “el Reglamento aprobado resume la valiosa contribución recibida por el EPRE a través de su página web, en múltiples eventos de los que formó parte y a través de sucesivas reuniones con particulares, comercios, empresas y en especial con las distribuidoras y especialistas independientes, para la elaboración de los Anexos reglamentarios”.

Japaz indicó que: “el objetivo de este Reglamento Regulatorio es otorgar a los usuarios regulados de las Empresas Distribuidoras, el derecho a generar su propia energía eléctrica, mediante medios renovables no convencionales, tanto para auto consumo como para vender sus excedentes de energía a la empresas distribuidoras en el marco de un sistema eléctrico sustentable y de una política electroenergética que promueva la mayor eficiencia en el uso de la energía eléctrica, mediante innovación tecnológica y generación de energía eléctrica con energías renovables y sistemas tarifarios apropiados”.

Este novedoso instrumento regulatorio constituye entonces un importante cambio de paradigma que, a través de la nueva figura del Usuario/Generador, permitirá incorporar a la red recursos de energía distribuida, integrando así la generación distribuida, la gestión y administración de la demanda, la medición inteligente y las redes inteligentes.

Por último Zandomeni agregó que: “estamos listos para la implementación de estas nuevas tecnologías y la puesta en funcionamiento del Comité Técnico, pensando en este nuevo mercado doméstico, es decir, la inserción de usuarios colectivos que puedan vender el excedente de lo generado a las distribuidoras”.

Procedimiento del volcado

No obstante, mediante resolución del EPRE, se detalla que: “los usuarios con suministro en baja tensión no podrán conectar EG –Equipamiento de Generación, es decir, la fuente con la que el usuario pretenda volcar la energía a la red- con potencia nominal mayor que 300 Kw. La generación para todas las potencias debe ser trifásica y menor o igual a 3,7 Kw por hora”.

Las empresas distribuidoras serán las encargadas de permitir y facilitar a los usuarios las conexiones de los equipamientos de generación de energía a las redes. Del mismo modo, deberán advertir a los usuarios sobre las normas de seguridad con las que deberán manejarse, de no ser respetadas, podrían dañarse las líneas y los clientes ser penados.

En cada caso, se establecerán “Contratos de Conexión” particulares entre las empresas distribuidoras de energía eléctrica y los usuarios que estén en condiciones de generar energía.