Lo que los ciudadanos deben saber para las elecciones primarias del 14 de agosto
¿Qué son las elecciones primarias del 14 de agosto?
Son elecciones nacionales abiertas, simultáneas y obligatorias de preselección de candidatos para la presidencia y vicepresidencia de la Nación y para diputados nacionales.
¿Dónde se vota?
En todas las escuelas de la provincia. La característica destacada de estas elecciones es que los padrones se modificaron y ahora las mesas son mixtas, es decir que mujeres y hombres votan en la misma escuela.
¿Dónde puedo consultar el padrón electoral?
En el sitio web: www.padrón.gob.ar; por vía telefónica al 0800-999-7237 ó enviando un mensaje de texto al 64646 con la palabra voto dejar un espacio número DNI (espacio) y la letra F (si es femenino) o M (si es masculino).
¿Cuántas boletas habrá dentro del cuarto oscuro?
Habrá 12 boletas, muchas de las cuales contienen las 2 categorías (una con la fórmula presidente y vicepresidente y otra con los candidatos a diputado nacional) y otras presentan sólo una categoría. Son en colores, con fotos.
¿Cuál es la forma correcta de emitir el sufragio?
Para que el voto sea válido, el elector podrá colocar dentro del sobre sólo hasta dos categorías de la misma o de distinta agrupación. En el caso de votar a dos candidatos encuadrados dentro de una misma categoría (por ejemplo presidente) pero de partidos distintos el voto será considerado nulo.
Se puede cortar boleta de forma vertical y elegir el candidato a presidente y vicepresidente de un partido y el candidato a diputado de otro partido, incluso hay partidos que tienen categoría única.
¿Quiénes pueden votar?
Todos los ciudadanos mayores de edad empadronados y los que tienen 17 años pero que cumplirán los 18 años antes del 23 de octubre de este año.
¿Con qué documento se debe votar?
Se vota con el documento que figura en el padrón (Libreta Cívica, de Enrolamiento, DNI verde o el nuevo DNI celeste) o con uno más nuevo. En el caso de los recientemente emitidos se debe llevar la libreta ya que el carné adjunto no es válido para sufragar.
¿Quiénes no participen de la elección del 14 de agosto no podrán votar el 23 de octubre?
Los ciudadanos que por algún motivo razonable no asistan a la elección del 14 de agosto deberán justificar la falta, dentro de los 60 días siguientes a los comicios, ante la Secretaría Electoral. Y aunque no participe el día 14, como la persona forma parte del padrón, puede y debe concurrir a las elecciones generales del 23 de octubre.
¿Cuántas escuelas y mesas están habilitadas?
Son 540 establecimientos y 3716 mesas
¿Cuántas personas votarán por mesa?
Por cada mesa votarán sólo 340 electores (entre mujeres y hombres) por lo que se estima será una elección muy ágil.
¿Las autoridades de mesas del 14 de agosto son las mismas del 23 de octubre?
Si, son las mismas y cobrarán $250 por cada día de trabajo, más los $100 que recibirán por la capacitación.
¿Cuántos votos debe obtener cada partido para participar de las elecciones del 23 de octubre?
La Ley exige el 1,5% de los votos validamente emitidos en la elección del 14 de agosto.
¿Los medios pueden dar a conocer los resultados de las boca de urna?
La ley impide que se dé información de boca de urna hasta después de la hora 21, es decir 3 horas después de finalizado los comicios.