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Los contribuyentes pueden denunciar construcciones clandestinas


La Administración Tributaria de Mendoza (ATM) informó que los contribuyentes pueden denunciar edificaciones no declaradas a través de un nuevo proceso de fiscalización en base a la denuncia de los contribuyentes.

Gustavo Cruz, Director General de Catastro explicó: “El objetivo es achicar la brecha de lo que tenemos en el banco a lo que son todas las construcciones clandestinas y disminuir el número de evasores”.

Sobre el proceder de este mecanismo Cruz señaló: “Si llega una denuncia se hará a través de la Web de ATM y se levanta la novedad. Si se posee la información en el banco de datos, ya sea por foto o drone, se hará la comparativa. Si lo tenemos grabado, es porque está fiscalizado, sino, se hará una fiscalización de acuerdo al procedimiento habitual”.

El contribuyente que desee realizar la denuncia deberá escribir  un texto con la información, ubicación, zona, Departamento, calle y la superficie que estima en que se puede estar llevando a cabo la construcción.

Sobre las fiscalizaciones el Director General de Catastro explicó: ” El inspector deja una notificación al propietario comunicándole que hubo una novedad y Catastro la utiliza para impactarla en la base catastral. Si el propietario tiene alguna documentación que avale esa ampliación, lo debe declarar en ATM dentro de los 15 días hábiles. Si en ese período no hubo alguna presentación el fiscalizador lo carga dentro del Banco Catastral”.

Es importante destacar que se está trabajando en que esas denuncias vayan posteriormente con una multa o sanción para aquellos propietarios que no hayan declarado, de acuerdo como lo marca la ley. Gustavo Cruz comentó: “Hasta ahora manejamos  la notificación para que pueda realizar la declaración. Además, estamos estudiando el proceso y la reglamentación que le va a tocar a cada propietario”.

Cabe destacar que, el contribuyente, para hacer la denuncia tiene que tomar como construcciones clandestinas todo lo que no esté declarado dentro del Banco de información de ATM, construcciones nuevas no declaradas, ampliaciones nuevas no declaradas, fraccionamientos no declarados y loteos (publico y privados) no declarados.

Tipos de fiscalizaciones

– Fiscalización Terrestre: Un cuerpo de inspectores recorre lugares donde se presume que hay inmuebles o loteos que no se encuentran actualizados. Los fiscalizadores concurren, se levanta la novedad y el inspector deja una notificación al propietario comunicándole que hubo una novedad y Catastro la utiliza para impactarla en la Base Catastral.

– Municipalidades: Actualmente se trabaja en  un proceso de fiscalización en donde se le solicita a los municipios, a través de la Ley de Avalúos, que haga presentaciones de todas las obras en construcción o que se hayan terminado  para poder impactarlo en la ATM.

– Drone: Se realiza con el proceso de vuelo que se acerca a la zona de construcción para capturar la información y luego, con un trabajo de taller en las oficinas de la Dirección General de Catastro, se vuelca la información recabada. El beneficio que tiene este procedimiento, a diferencia de la Fiscalización Terrestre, es que puede acceder a loteos privados.

Cabe destacar que el propietario, luego de recibir la notificación, posee 15 días hábiles para presentar en ATM la información o documentación que avale las construcciones. Si en ese período no hubo alguna presentación el fiscalizador lo carga dentro del Banco Catastral. Toda la información actualizada es trasladada a la ATM y se realiza el nuevo Impuesto Inmobiliario.