Media sanción del Senado para el proyecto de Descentralización Hospitalaria


La Cámara de Senadores aprobó hoy el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo para modificar laLey 6015, que establece la descentralización y autarquía de los hospitales públicos y otorga facultades en tal sentido al directorio de cada institución con amplias potestades en la aplicación de normas de organización administrativa, jurídica y asistencial.
La iniciativa fue aprobada en general y en particular por 33 votos a favor y 2 en contra. Ahora será tratada por la Cámara de Diputados.
El senador Alejandro Molero agradeció el acompañamiento brindado por el bloque opositor. Posteriormente, el senador Eduardo Giner expuso: “La ley anterior simplificó el otorgamiento de una serie de facultades y potestades que demostró un sistema de inequidades y desigualdad. Los hospitales públicos tenían facultades de comprar y vender en función de las decisiones que tenía cada directorio. El primer cambio está relacionado con que las instituciones tengan menor poder de decisión que los propios ministros de Salud, ya que estos dejaban de atender al paciente por prestar atención a este tipo de tareas. Esto significó que los médicos se olviden de promover la salud y de garantizar la accesibilidad a todos los habitantes de la provincia”, dijo Giner.
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Además, se refirió a la problemática de la ocupación hospitalaria. “Las personas decidían internarse en los grandes hospitales como el Central y el Lagomaggiore, por lo que bajaba la calidad de atención, en tanto que en los hospitales más chicos existía una ocupación del 30%”, precisó el legislador.
El presidente de la Comisión de Salud además comentó: “Este proyecto va a permitir recuperar el poder político, el carácter reductor de las políticas sanitarias de Mendoza y con esto vamos a poder cumplir con el rol de los profesionales de la salud, relacionado con cuidar la salud y prevenir la enfermedad”.
Además, agradeció a la oposición por el acompañamiento que realizaron cuando este proyecto fue analizado por la Comisión de Salud del Senado, y al gremio Ampros, por su análisis a la modificación de la Ley 6015.
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Por su parte, el senador Samuel Barcudi (FPV-PJ) indicó que la norma descentraliza el funcionamiento de los hospitales y sin duda habrá orden y agilidad.
“Esperemos que los hospitales del centro urbano reciban más recursos. La norma es una herramienta útil y esperemos sea usada para mejorar el sistema”, reflexionó.
En tanto, el senador Víctor Da Vila (FIT) comentó que la emergencia en la salud no sirvió para resolver los problemas de los hospitales y mucho menos en el sistema completo. Además, informó que personalmente se ha dedicado a recorrer los hospitales de la Provincia y esto arrojó que los edificios sanitarios se encuentran en un muy mal estado. Da Vila además informó que la modificación del artículo dos elimina la palabra gratuidad y lo remplaza por el aporte del Estado. “Esto deslinda al Estado de prestar un servicio esencial para los habitantes de la provincia. También manifestó que este sistema elimina concursos y margina el rol del trabajador entre los consejeros. Este proyecto no tiene un plan maestro, no se dice qué se hace con los reintegros”, afirmó.
Noelia Barbeito comunicó que no acompañará este proyecto de ley, ya que no difiere de lo que ya se ha votado. “Da más poder al Ejecutivo y no ese ve representada la voz de los trabajadores en cuanto a la toma de decisiones”, aseveró.
Detalles del proyecto de descentralización hospitalaria
El “Hospital Público Descentralizado y Autárquico cumpliría sus objetivos con la plena capacidad de las personas jurídicas, para adquirir derechos y contraer obligaciones, pudiendo actuar pública y privadamente”. Entre otras facultades, este régimen autoriza a la conducción de la institución a “adquirir títulos y acciones”, a “disponer la venta de bienes muebles e inmuebles” y a “elaborar su presupuesto y planes operativos”.En cuanto a sus principios, la norma estipula que los hospitales públicos deberán regirse por los principios básicos de universalidad, integralidad, subsidiariedad, oportunidad y equidad en las prestaciones.

Su objeto general “será desarrollar las actividades de promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud; docencia e investigación y prevención de enfermedades que aseguren, de forma coordinada con los restantes efectores sanitarios de distinta complejidad y dependencia, la atención sanitaria de la población conforme a las políticas que establezca el Poder Ejecutivo provincial y las disposiciones de la presente ley, en el marco del desarrollo de una Red Provincial Regionalizada de Salud”.