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Nueva disposición para agilizar la gestión del arbolado público


La Secretaría de Ambiente –a través de la Dirección de Recursos Naturales Renovables– creó una resolución que acelerará la intervención del arbolado público de toda la provincia en caso excepcionales, para promover la renovación del arbolado.

En el marco del proceso de modernización y desburocratización de procedimientos administrativos, la Dirección de Recursos Naturales Renovables sancionó la Resolución DRNR 400/22, que establece el trámite abreviado para la autorización de intervenciones sobre forestales y/o sus ramas en casos excepcionales.

Se trata de casos de ejemplares secos, peligrosamente inclinados y/o
troncos ahuecados en tal grado que comprometa su estabilidad, estado vegetativo, como también para árboles que se encuentren en ubicación inapropiada a criterio de la autoridad competente y especies inadecuados para el arbolado público.

“Recordemos que el organismo que dirijo es autoridad de aplicación de la Ley Provincial 7874 de Arbolado Público, pero en este tema debemos trabajar coordinadamente con los municipios en los que se encuentran emplazados los ejemplares e incluso con otros organismos provinciales. Esta nueva disposición –que cuenta con el aval técnico del Consejo Provincial del Arbolado Público– permitirá eliminar trámites que entorpecían la ejecución de intervenciones necesarias y urgentes
habilitando a los municipios una toma de decisión mucho más ágil”, sintetizó el director de Recursos Naturales, Sebastián Melchor.

Por su parte, el presidente del Consejo de Arbolado Público, Sergio Carrieri, expresó: “Se trata de una disposición que es activa, es decir que responde a la necesidad y dinámica del arbolado público. Esta resolución nos facilitará mantener el arbolado público como debe ser, es decir con las plantas bien mantenidas y eliminar las plantas que sean peligrosas para las personas. De esta forma, tenemos una herramienta legal que nos da un método de autorización más ágil para la renovación del arbolado público”.

Cabe destacar que siempre que se proceda a realizar una erradicación, cualquiera sea el motivo, la autoridad competente deberá –de forma obligatoria– realizar la extracción de tocón, cerciorarse de que el nicho sea el reglamentario y que el fondo de acequia se encuentre permeabilizado. Además, concretar el replante inmediato y simultáneo in situ o en zona aledaña.

Por último, en todos los casos se contará con el respectivo informe técnico y respaldado por material fotográfico del ejemplar sobre el cual se deba realizar la intervención, elaborado por un ingeniero agrónomo, visto bueno y control posterior por parte de la autoridad de aplicación, sujeto, en caso de incumplimiento, a las sanciones correspondientes.

Esta nueva norma se suma a la ya existente Resolución DRNR 92/08, que habilita las autoridades competentes a proceder a la erradicación o poda preventiva de ejemplares forestales del arbolado público que se encuentren bajo sus respectivas jurisdicciones y que por su deficiente estado vegetativo a situación de inestabilidad física constituyan un riesgo inminente para la seguridad de las personas o bienes.

Cabe recordar que la Ley Provincial 7874 de Arbolado Público establece como autoridad de aplicación a la Dirección de Recursos Naturales Renovables, siendo autoridades competentes los municipios, Vialidad Provincial, Vialidad Nacional y el Departamento General de Irrigación.
Estos organismos son los únicos autorizados para la realización de intervenciones sobre forestales. Los ciudadanos no están habilitados para concretar ninguna intervención sobre el arbolado público, salvo
dar aviso de problemas o detectar necesidades para su protección o salubridad.