Oficina de Conciliación Laboral: Mendoza expuso en Buenos Aires


El subsecretario de Trabajo y Empleo, Carlos Segura, participó en Buenos Aires en la presentación del libro “La conciliación como política de Estado”, junto con el ministro de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, Jorge Triaca.

También participaron en el encuentro el secretario de Trabajo de la Nación, Horacio Pitrau; el director nacional del SECLO y personal de Casas Particulares, Omar Nills Yasin; el juez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Luis Catardo, y el subsecretario de Trabajo de Tucumán, Néstor Di Lullo.

El subsecretario Carlos Segura expuso: “Mendoza es la única provincia que ha implementado este novedoso método de resolución de conflictos laborales, a excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En la actualidad, los tribunales de trabajo de la provincia tienen 60% menos de causas desde la implementación de la Oficina de Conciliación Laboral, y ha llegado a un 45% de acuerdos”.

“El objetivo del Gbierno provincial es evitar la judicialización de reclamos laborales y lograr una rápida composición de los derechos de los trabajadores y la tranquilidad para los empleadores de tener una solución a su conflicto en menor tiempo”, agregó Segura.

Oficina de Conciliación Laboral (OCL) en Mendoza

Ese espacio fue instrumentado en 2017 por el Gobierno de Mendoza, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, y ya fueron designados 41 conciliadores en cinco jurisdicciones:

  • Gran Mendoza: 30.
  • Zona Sur: Malargüe y San Rafael: 5.
  • Zona Este: San Martín: 3.
  • Zona Valle de Uco: Tunuyán: 3.

Se trata de una oficina a través de la cual el trabajador puede hacer efectivo un procedimiento de conciliación. Así, se puede poner fin a la relación laboral con la correspondiente indemnización expeditiva.

Su función es arbitrar -con carácter obligatorio y previo a la demanda- en todo conflicto de derecho que involucre un reclamo individual o pluriindividual que tenga competencia en la justicia laboral provincial.

Los reclamos que pueden realizarse en la OCL son:

  • Cobro de salarios.
  • Despidos.
  • Consignación.
  • Daño moral.
  • Desalojo.
  • Diferencias salariales.
  • Pago de vacaciones y aguinaldo.

Los conflictos quedarán resueltos en un plazo no mayor a 40 días, según la Ley provincial 8990. Mientras que el abogado conciliador dispondrá de 20 días, contados desde la celebración de la audiencia, para cumplir su cometido.

Las partes, de común acuerdo, podrán proponer una prórroga de hasta 15 días corridos, que el conciliador concederá si estima que el pedido es conducente a la solución del conflicto. Sólo habrá prórroga si el trabajador lo desea.

Para información sobre los derechos del trabajador, formularios necesarios y domicilios de los conciliadores, ingresar aquí.

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