Personal del Registro Civil recibió una capacitación sobre el nuevo Código Civil


El ministro de Trabajo, Justicia y Gobierno, Roldolfo Lafalla, estuvo a cargo este lunes de la presentación del “Manual para la implementación del Nuevo Código Civil y Comercial en el ámbito del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas”. La presentación tuvo lugar en  el Centro de Congreso y Exposiciones.

En Mendoza, el Registro Civil es una de las instituciones que deberá modificar procedimientos a partir de la implementación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Por esta razón, el Gobernador, Francisco Pérez, dispuso la creación de una comisión redactora para la elaboración de un “Anteproyecto de Reforma y Actualización del Código Procesal Civil y Comercial de Mendoza”.

En la presentación de la guía que tendrá a disposición el personal del Registro Civil,  Lafalla, agradeció  destacó la importancia de conocer el nuevo Código. La actualización  de  este instrumento “es un  hecho histórico en el que se puede comenzar a incorporar muchos derechos que estaban sueltos y son los que amparan a las personas”, dijo el funcionario.

Asimismo,  el ministro de Gobierno relató que durante la presentación del nuevo Código Civil y Comercial en Casa Rosada pudo estar con la doctora Aída Kemelmajer , hecho que le provocó una profunda emoción . “Para mí es un hecho histórico de gran importancia la redacción de un nuevo  Código Civil y me llena de orgullo que una mendocina participara en su su redacción”, expresó el ministro.

Por su parte, Julieta Mazón, asesora letrada del Registro Civil, indicó cómo el  nuevo Código ha impactado en la función diaria de los funcionarios públicos del Registro. La funcionaria puso como ejemplo la modificación en torno a los apellidos.  “Los hijos pueden llevar como primer apellido el de cualquiera de sus padres, siendo esto muy importante en el tema de uniones convivenciales”, ecplicó.

Implementación del Nuevo Código Civil y Comercial en el Registro Civil en Mendoza

Entre los cambios más importantes que podemos mencionar encontramos, entre otros:
– La equiparación entre varones y mujeres respecto del acuerdo en la imposición del apellido de sus hijos.
– La incorporación de un tercer tipo de filiación: la de técnica de reproducción humana asistida, que viene a dar una respuesta a la necesidad de seguridad Jurídica a citaciones antes no reguladas.
– La incorporación de un nuevo instituto: la Unión Convivencial que presenta como uno de los efectos más relevantes la protección de la vivienda familiar.
– El reconocimiento a la autonomía progresiva, que podemos observar en la posibilidad de las parejas de optar en los matrimonios por el Régimen Patrimonial y en las Uniones Convivenciales por la celebración de un Pacto de Convivencia.
– El reconocimiento a la autonomía progresiva, que trae como correlato el correspondiente respeto hacia la opinión y decisión de nuestros adolescentes.

Ministerio de Trabajo - Presentación del “Manual para la impl

Puntos destacados del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

En líneas generales los objetivos de la reforma son los siguientes:

• Adaptar el nuevo Código Procesal Civil a los nuevos soportes, contemplando el uso masivo de Internet, de las redes sociales, de los correos electrónicos, de las notificaciones electrónicas, de la firma y expediente digital y de todas las nuevas tecnologías de la información, en un plazo de concreción breve.

• Dotar de una mayor celeridad procesal a los procesos civiles y comerciales teniendo presente la bilateralidad oral y presencia personal del Juez en todos los procesos civiles y comerciales. Esto brindaría mayor eficiencia, mayor celeridad y mayor oralidad.

• Adaptar el Código Procesal Civil al nuevo Código Civil y Comercial Ley 26.994.

• Regular los procesos constitucionales conforme a la Constitución Nacional 1994. -Amparo/-Habeas Data/-Fuero Electoral.

• Eliminar por economía procesal y de recursos tribunalicios el procedimiento judicial del Beneficio de Litigar sin Gastos.

• Adaptar el Código Procesal Civil a la Cooperación Judicial Internacional prevista en los Tratados Internacionales y Regionales (MERCOSUR).

Los principales cambios serán:

• Inicio de la vida (fertilización asistida).
• Unión convivencial. Se sumará a la figura del matrimonio igualitario y otorgará a sus partes derechos similares a los del matrimonio.
• Divorcio exprés. El nuevo Código determina que el matrimonio no deberá cumplir un plazo mínimo para deshacerse mediante divorcio y bastará con que uno de los cónyuges lo solicite.
• Acuerdos prenupciales. Se contempla la posibilidad de que las parejas puedan acordar, antes del matrimonio, el modo en que se repartirán los bienes en caso de divorcio.
• Apellidos. Los hijos podrán llevar como apellido tanto el de su madre como el de su padre.
• Adopción. El nuevo código permite el acceso al derecho de personas solas o que no estén legalmente casadas.
• Responsabilidad del Estado. Pasa al ámbito de aplicación del derecho administrativo, el cual es más benigno.
• Sociedades comerciales. Con las nuevas normas, será posible formar una sociedad unipersonal, integrada por una sola persona, para favorecer a las pymes y microemprendedores.
• Pesificación de los contratos. Las deudas contraídas en moneda extranjera podrán ser canceladas en pesos.
• Barrios privados. Los countries ya no podrán negar la admisión de propietarios.