Requisitos para la habilitación de calderas o generadores de vapor


Es necesario cumplir requisitos sobre instalación, operación y dispositivos de control. Deberán ser inspeccionadas una vez al año por profesionales de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo.

En Mendoza existen fábricas y establecimientos en los que la utilización de aparatos a presión. Desde pequeños establecimientos con una sola caldera hasta complejos industriales con cientos de recipientes a presión.

Una caldera es un recipiente metálico, cerrado, destinado a producir vapor o calentar agua, mediante la acción del calor a una temperatura superior a la del ambiente y presión mayor que la atmosférica. A la combinación de una caldera y un sobrecalentador se le conoce como generador de vapor.

Requisitos y pasos para la habilitación

El reglamento establece las condiciones generales de construcción, instalación, mantenimiento, operación y seguridad que deberán reunir todas las calderas en que se generen fluidos a temperaturas y presiones superiores a la atmosférica, ya sean móviles o estacionarias:

· Antes de poner en marcha las calderas o generadores de vapor el propietario o responsable jurídico deberá presentar nota por Mesa de Entradas de la Subsecretaria de Trabajo y Empleo, solicitando la inspección técnica que habilite el funcionamiento y la inscripción en el Registro de Calderas y Afines.

·Se crea a cargo de la sección Higiene y Seguridad de la División Inspección y Vigilancia el Registro de Calderas y afines en el que constará la lista de calderas que funcionan en los distintos establecimientos de la provincia y sus especificaciones.

· Se crea a cargo de la sección Higiene y Seguridad de la División Inspección y Vigilancia el Registro de Calderistas, en el que deberán inscribirse quienes pretendan desempeñarse como tales.

 

· Los responsables técnicos de los establecimientos, deberán acreditar mediante certificado expedido por Consejo Profesional, la idoneidad técnica específica en la materia.

· Los responsables técnicos, o en su caso, los propietarios, administradores o quienes de algún modo sean responsables del establecimiento, deberán comunicar a la Subsecretaría de Trabajo y Empleo las reparaciones o montajes de importancia en las calderas, que hagan necesaria la presencia de un Inspector de la repartición para el control técnico pertinente.

Consultas

Para obtener mayor información dirigirse a la Subsecretaría de Trabajo y Empleo – San Martín 601 de Ciudad de 8.00 a 14.00 hs.