Requisitos para organizar eventos en Navidad y Año Nuevo


La fecha límite para realizar el trámite es hasta el viernes 15 de diciembre.

El Ministerio de Seguridad a través de la subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento informó los requisitos que deberán cumplir quienes quieran realizar fiestas en Navidad y Año Nuevo.

Algunas de las medidas implementadas por la cartera de Seguridad es la prohibición la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas en modalidad canilla libre y que los interesados en realizar los eventos, no deben promocionar el mismo previo a comenzar  el trámite de  habilitación correspondiente.

La fecha límite para realizar el trámite es hasta el viernes 15 de diciembre. Los interesados deberán presentar la documentación en la oficina de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, ubicada en Salta 672 de Godoy Cruz

Sobre los horarios especiales, las medidas de este año indican que la apertura será a la 1, mientras que el corte de taquilla e ingreso será hasta las 3.30. El límite para el expendio y venta de bebidas alcohólicas será a las 5.30 y el cierre y cese actividades está pautado para las 7.30.

Toda fiesta que se realice fuera del 25 de diciembre y 1 de enero deberá cumplir la misma documentación requerida y los horarios serán los mismos que los implementados en una fiesta eventual y boliche.

Hay que recordar  que Diversión Nocturna cuenta con un  0800-222-0900, habilitado de lunes a miércoles de 7 a 20, de jueves a domingo, las 24 horas, para que vecinos denuncien irregularidades en lugares nocturnos como boliches y pubs mendocinos.

Los requisitos son:

 – Habilitación municipal especificando si posee autorización para actividad bailable y/o la realización de espectáculos artísticos o de música en vivo. Detallándose si se permite dentro del predio la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas.

– Plan de contingencia vigente y certificado Cemepaci, otorgado por bomberos.

– Póliza y comprobante de pago seguro de responsabilidad civil.

– Contrato de servicio médico y comprobante de pago. Los lugares alejados deberán preparar sala de primeros auxilios a cargo de un médico y/o enfermero matriculado.

– Contrato de alquiler del inmueble (en caso de que quien solicita la autorización no sea el propietario). Si es  propietario deberá adjuntar estado de dominio del inmueble.

-En caso de que el titular sea personas jurídicas se deberá presentar contrato social. Mientras que si es una persona física, tendrá que presentar fotocopia del documento de identidad.

– Presentar el listado de seguridad privada habilitados por el Ministerio de Seguridad.

– En el caso de colocar carpas se deberá solicitar autorización municipal correspondiente.

– Contar con personal asignado al cuidado y control de los baños del establecimiento en forma permanente.