Se autorizaron las mudanzas para “zonas de cercanía”
El decreto provincial establece los mecanismos para efectuar fletes y minifletes de estas características.
Los servicios de mudanzas fueron autorizados por el Gobierno de Mendoza, a través del Decreto 613, en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley 27541. Se podrán efectuar “dentro del área del departamento donde se domicilia y zona cercana de influencia, en ningún caso a grandes distancias o departamentos alejados ni fuera de la provincia o viceversa”.
En detalle, el decreto establece:
– Sin uso del transporte público de pasajeros. De resultar posible, este personal arribará al domicilio laboral en bicicleta, moto o cualquier medio de transporte individual. De no ser posible, el empleador deberá disponer los medios de movilidad para su personal.
– La autoridad de aplicación es la Dirección de Transporte, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos.
– El presente protocolo es de aplicación al personal, sea propio o contratado, afectado a las actividades de fletes y minifletes para mudanzas.
– Para mercadería transportada en camiones: coordinar adecuadamente ingresos y egresos de modo de evitar congestiones y minimizar los tiempos de carga, descarga y espera. Se recomienda que la espera del chofer sea dentro del vehículo.
– Uso obligatorio de tapabocas y de guantes para todos los trabajadores.
– Higiene frecuente de manos: cuando no sea factible el lavado de manos con agua y jabón o la higiene de manos puede realizarse con soluciones a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel). La higiene con soluciones a base de alcohol debe durar de 20 a 30 segundos.
– Lavar las manos luego de manipular llaves, dinero, desperdicios o basura, antes y después de comer y después de ir al baño.
– Ventilar frecuentemente y durante 10 minutos el vehículo y dejarlo al sol cuando sea posible, favorecer la ventilación cruzada de aire, aunque la temperatura sea baja.
– Mantener cierta distancia física con las demás personas. La distancia mínima a guardar en relación con otras personas en lugares como estaciones de servicio, lugares de carga o en destino y en las oficinas es de 1,5 metros personas.
– Desinfectar constantemente aquello que se manipula de modo usual: el volante, el picaporte y lo que se encuentre dentro de los dos metros: vidrio y luneta, por ejemplo. En la limpieza, incluir objetos de uso propio: billetera, lapicera, superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores.
– En servicio, cambiar la muda de ropa y no mezclar con la limpia. Si es posible, luego lavar la ropa de trabajo con jabón y agua caliente.
– Se deberá usar máscara protectora facial durante toda la jornada de trabajo, pudiendo ser remplazada por tapaboca y lentes protectores de ojos acorde con la actividad que se realice.
– Mismo requerimiento de uso de protección facial para profesionales, inspectores municipales o de cualquier trabajador de ente prestador de servicio, propietarios y cualquier persona que deba ingresar al domicilio mientras se realizan las tareas de mudanza.
– El empleador y/o solicitante deberá proveer a los trabajadores de un certificado de circulación que se tramitará a través de la “App 148”, para ser presentado ante la autoridad policial de control (art.6 DNU 219/2020).
– Las empresas y/o solicitantes que realicen una mudanza deberán declarar las direcciones de origen y destino del servicio así como la duración estimada de las tareas.
– El horario autorizado de trabajo será de lunes a viernes 9 a 17 y sábados de 9 a 14. Se considerará una hora previa y posterior para el arribo y el regreso.
– Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional poseerán licencias, las cuales no afectarán la percepción de las remuneraciones normales y habituales.
– Evitar agrupamientos de más de cinco personas por mudanza y, entre estas, mantener la distancia social de dos metros.
– Cuando la carga o descarga de algún elemento, por su peso o dimensiones, deba ser realizada por más de una persona, deberán extremarse los cuidados en el uso de los elementos de protección personal, mantener la mayor distancia posible y evitar el contacto físico.
– Se debe resguardar la integridad física de los trabajadores, evitando situaciones de hacinamiento y asegurando condiciones de limpieza, la cual debe realizarse diariamente al igual que la ventilación del lugar.
– La limpieza de las herramientas de trabajo puede realizarse con productos aptos indicados por el fabricante, incluyendo agua y detergente si no las deteriorara.
– Es obligatorio el lavado de manos de todo el personal todas las veces que resulte necesario.
– No compartir vasos, utensilios de cocina, cubiertos, platos, tazas, bombillas, mate, recipientes de plástico o metal, etc. y todo aquello que contribuya a la propagación del coronavirus.
– Si en el lugar de trabajo o en sus domicilios se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca, dificultad para respirar o diarrea, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente y dando aviso a Emergencias Epidemiológicas, al número 0800 800 2684 y cumplir las indicaciones impartidas.
– Si el trabajador se encuentra en su domicilio presentando alguna de estas sintomatologías, debe consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que la empresa lo determine y no asistir al lugar de trabajo con síntomas.
– Garantizar la utilización de alcohol en gel o alcohol común de 96% o 97% (7 partes de alcohol en 3 partes de agua), para facilitar la higiene adecuada de manos.
– La comunicación entre personas debe ser a una distancia de dos metros.
– Cada día al finalizar sus tareas, los trabajadores deberán cambiarse de ropas en la empresa, no debiendo retornar a sus hogares con la misma indumentaria de trabajo.
– Disponer, tanto en los lugares de prestación del servicio como durante el transporte, de tapabocas, protecciones oculares, guantes y alcohol en gel o al 70 por ciento.
– Al iniciar la jornada de trabajo, las herramientas deben desinfectarse antes de ser utilizadas.
– Para desplazamientos desde y hacia el trabajo, evitar el hacinamiento en autos o camionetas; en distancias cortas, se recomienda caminar o utilizar bicicleta o motos.
– El cumplimiento del presente protocolo deberá ser controlado por la empresa, por el solicitante y por la administración de los barrios cerrados (en caso de mudanzas a realizarse en su interior), en colaboración y de forma solidaria con las autoridades del gobierno municipal y provincial.
– El trabajador, antes de retomar sus tareas, deberá llenar la declaración jurada de Salud.
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