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Se vence el plazo para tramitar fiestas para Navidad y Año Nuevo


Hasta el viernes 15 de diciembre se puede presentar la documentación en la oficina de Diversión Nocturna.

La Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente del Ministerio de Seguridad, informó que hasta el viernes 15 de diciembre se puede tramitar la habilitación para fiesta eventuales a realizarse para Navidad y Año Nuevo.

Los interesados deberán presentar la documentación en la oficina de Diversión Nocturna, ubicada en calle Salta 672 de Godoy Cruz. Pasada esa fecha y no presentados los papeles correspondientes, la fiesta pasará a ser ilegal y se procederá al cese inmediato.

Entre medidas implementadas por la cartera de Seguridad está prohibida la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas en modalidad canilla libre.

Sobre los horarios especiales, las medidas de este año indican que la apertura será a la 1, mientras que el corte de taquilla e ingreso será a las 3.30, el límite para el expendio y venta de bebidas alcohólicas finalizará a las 5.30 y el cierre y cese actividades está pautado para las 7.30.

En tanto, toda fiesta ajena al 25 de diciembre y 1 de enero deberá cumplir la misma documentación requerida y los horarios serán los mismos que los implementados para los de una fiesta eventual y boliche.

Además, los interesados en realizar los eventos no deben promocionarlos previo a comenzar el trámite de habilitación correspondiente.

Hay que recordar que Diversión Nocturna tiene el 0800 222 0900 habilitado de lunes a miércoles de 7 a 20, y de jueves a domingo, las 24, para que vecinos denuncien irregularidades en lugares nocturnos como boliches y pubs mendocinos.

Requisitos

– Habilitación municipal especificando si posee autorización para actividad bailable y/o la realización de espectáculos artísticos o de música en vivo. Detallar si se permite dentro del predio la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas.

– Plan de contingencia vigente y certificado Cemepaci otorgado por Bomberos.

– Póliza y comprobante de pago de seguro de responsabilidad civil.

– Contrato de servicio médico y comprobante de pago. Lugares alejados deberán preparar sala de primeros auxilios a cargo de un médico y/o enfermero matriculado.

– Contrato de alquiler del inmueble, en caso de que quien solicita la autorización no sea el propietario. Si es propietario, adjuntar estado de dominio del inmueble.

-En caso de que el titular sea persona jurídica, deberá presentar el contrato social. Mientras que si es una persona física, tendrá que presentar fotocopia del documento de identidad.

– Presentar el listado de seguridad privada habilitado por el Ministerio de Seguridad.

– En el caso de colocar carpas, deberán solicitar la autorización municipal correspondiente.

– Contar con personal asignado al cuidado y control de los baños del establecimiento de forma permanente.