Se vence el plazo para tramitar las fiestas para Navidad y Año Nuevo
Hasta el viernes 15 de diciembre se puede presentar la documentación correspondiente en la oficina de Diversión Nocturna.
La Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento dependiente del Ministerio de Seguridad informó que hasta el viernes 15 de diciembre se puede tramitar la habilitación para fiesta eventuales a realizarse para Navidad y Año Nuevo.
Los interesados deberán presentar la documentación en la oficina de Diversión Nocturna, Salta 672 de Godoy Cruz. Pasada esa fecha, la fiesta pasará a ser ilegal y se procederá al cese inmediato.
Entre medidas implementadas por la cartera de Seguridad está prohibida la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas en modalidad canilla libre.
Sobre los horarios especiales, este año la apertura será está estipulada para la 1, mientras que el corte de taquilla e ingreso será a las 3.30. El límite para el expendio y venta de bebidas alcohólicas finalizará a las 5.30 y el cierre y cese actividades está pautado para las 7.30.
En tanto, toda fiesta ajena al 25 de diciembre y 1 de enero deberá contar con la misma documentación y los horarios serán los mismos que los implementados para los de una fiesta eventual y boliche.
Además, los interesados en realizar fiestas no las deben promocionar antes de comenzar el trámite de habilitación.
Hay que recordar que Diversión Nocturna tiene 0800 222 0900, habilitado de lunes a miércoles de 7 a 20 y de jueves a domingo las 24, para que vecinos denuncien irregularidades en lugares nocturnos como boliches y pubs mendocinos.
Los requisitos son:
– Habilitación municipal especificando si posee autorización para actividad bailable y/o la realización de espectáculos artísticos o de música en vivo. Detallar si se permite dentro del predio la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas.
– Plan de contingencia vigente y certificado Cemepaci otorgado por bomberos.
– Póliza y comprobante de pago seguro de responsabilidad civil.
– Contrato de servicio médico y comprobante de pago. Lugares alejados deberán preparar sala de primeros auxilios a cargo de un médico y/o enfermero matriculado.
– Contrato de alquiler del inmueble (en caso de que quien solicita la autorización no sea el propietario). Si es propietario, adjuntar estado de dominio del inmueble.
-En caso de que el titular sea persona jurídica, presentar contrato social. Si es una persona física, presentar fotocopia del documento de identidad.
– Presentar el listado de seguridad privada habilitados por el Ministerio de Seguridad.
– En el caso de colocar carpas, solicitar la autorización municipal.
– Contar con personal asignado al cuidado y control de los baños del establecimiento de forma permanente.