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Defensa del Consumidor: ¿Qué información deben exhibir los comercios en sus ingresos?


En materia de protección a los consumidores y usuarios, debe colocarse en el ingreso la cartelería que indica cuáles son los medios de pago que acepta. La inexistencia de esos datos es motivo de sanción.

En el ingreso a un local comercial los consumidores deben ser informados, mediante cartelería, acerca de los medios de pago que acepta el comercio. Contar con esos datos le permitirá al potencial cliente saber si podrá abonar con tarjeta de crédito o qué tarjetas de débito recibe el local.

También le será de utilidad para conocer si ese comercio opera con sistemas virtuales de pago como código QR, billeteras electrónicas u otros medios. Así, el precio exhibido en vidriera o publicado por otras vías (folletos, revistas, redes sociales, sitio en internet) será el que concretamente pague el consumidor, a través de las formas previstas y anunciadas por el comercio en su ingreso.

En tal sentido, la norma que se aplica es la Resolución provincial 226/2020 que emitió la Dirección de Defensa del Consumidor, texto que puede consultarse en este enlace, junto con la posibilidad de descargar la cartelería exigida.

Por más información o por denuncias, existen distintas vías de comunicación: