Nuevo sistema online para la inscripción y renovación de operadores de residuos peligrosos
“El nuevo sistema no solo da cumplimiento a las normativas respecto a la situación de pandemia que estamos viviendo sino que además mejorará notablemente la atención al ciudadano disminuyendo los tiempos de atención y agilizando la gestión y documentación interna”, explicó el Secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance.
La Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, a través de la Dirección de Protección Ambiental, informa que se encuentra habilitado el nuevo sistema online que permitirá a los Operadores de Residuos Peligrosos realizar la inscripción o renovación de manera no presencial.
El secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance, recalcó que “este nuevo sistema de inscripción y renovación de operadores de residuos peligrosos no solo da cumplimiento a las normativas respecto a la situación de pandemia que estamos viviendo sino que además mejorará notablemente la atención al ciudadano disminuyendo los tiempos de atención agilizando la gestión y documentación interna”.
Por su parte, la directora de Protección Ambiental, Miriam Skalany, destacó que “ante la necesidades actuales en lo referente a tramites públicos y poniendo a disposición de la ciudadanía las nuevas tecnologías, la Dirección de Protección Ambiental comienza a realizar las inscripciones y renovaciones de operadores fijos y operadores in situ de Residuos Peligrosos a través de las páginas web de la Secretaría de Ambiente y de la DPA”.
El trámite se puede realizar a través de las siguientes páginas web:
O ingresando directamente a estos enlaces:
Operadores Fijos
Operadores In Situ
¿Qué son los Residuos Peligrosos?
Un residuo es un material que pierde utilidad tras haber cumplido con su misión o servicio para realizar un determinado trabajo. Según la ley 24.051, son considerados residuos peligrosos todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.
Quedan excluidos de los alcances de esta ley los residuos domiciliarios, los radiactivos y los derivados de las operaciones normales de los buques, los que se regirán por leyes especiales y convenios internacionales vigentes en la materia.
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