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Nuevo sistema online para la inscripción y renovación de operadores de residuos peligrosos


“El nuevo sistema no solo da cumplimiento a las normativas respecto a la situación de pandemia que estamos viviendo sino que además  mejorará notablemente la atención al ciudadano disminuyendo los tiempos de atención y agilizando la gestión y documentación interna”, explicó el Secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance.

La Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, a través de la Dirección de Protección Ambiental, informa que se encuentra habilitado el nuevo sistema online que permitirá a los Operadores de Residuos Peligrosos realizar la inscripción o renovación de manera no presencial.

El secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance, recalcó que “este nuevo sistema de inscripción y renovación de operadores de residuos peligrosos no solo da cumplimiento a las normativas respecto a la situación de pandemia que estamos viviendo sino que además  mejorará notablemente la atención al ciudadano disminuyendo los tiempos de atención agilizando la gestión y documentación interna”.

Por su parte, la directora de Protección Ambiental, Miriam Skalany, destacó que “ante la necesidades actuales en lo referente a tramites públicos y poniendo a disposición de la ciudadanía las nuevas tecnologías, la Dirección de Protección Ambiental comienza a realizar las inscripciones y renovaciones de operadores fijos y operadores in situ de Residuos Peligrosos a través de las páginas web de la Secretaría de Ambiente y de la DPA”.

El trámite se puede realizar a través de las siguientes páginas web:

O ingresando directamente a estos enlaces:

Operadores Fijos

Operadores In Situ

¿Qué son los Residuos Peligrosos?

Un residuo es un material que pierde utilidad tras haber cumplido con su misión o servicio para realizar un determinado trabajo. Según la ley 24.051, son considerados residuos peligrosos todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.

Quedan excluidos de los alcances de esta ley los residuos domiciliarios, los radiactivos y los derivados de las operaciones normales de los buques, los que se regirán por leyes especiales y convenios internacionales vigentes en la materia.

Legislación


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